BCV disminuye encaje sobre depósitos a plazo en moneda nacional TalCual octubre 21, 2026 El ente emisor redujo de 73% a 50% el encaje legal sobre los depósitos a plazo en bolívares para la banca comercial y universal El Banco Central de Venezuela (BCV) redujo de 73% a 50% el encaje legal aplicable sobre los depósitos a plazo en bolívares para la banca universal y comercial, de acuerdo con la Resolución N.º 26-08-02 publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria N.º 7.073 del 11 de septiembre de 2026, con vigencia desde el día 15 de ese mismo mes. La medida, orientada a facilitar la intermediación financiera, fue analizada por especialistas en materia económica debido a su incidencia real sobre la cartera de créditos. La normativa establece que la tasa mínima de encaje para las obligaciones netas a plazo en moneda nacional pasó de 73% a 50%, mientras que para los bancos microfinancieros que cumplen con los requisitos de la institución la cifra descendió de 40% a 27%. No obstante, el organismo emisor mantuvo intactas las tasas de encaje para las obligaciones a la vista y de ahorro en 73% para la banca bajo el régimen general, así como los porcentajes correspondientes a las inversiones cedidas. A pesar de la modificación en los porcentajes de encaje, diversos economistas advirtieron que el alcance práctico de la medida será limitado debido al bajo porcentaje que representan estas captaciones dentro del sistema financiero nacional. Según datos del Ranking Bancario de Aristimuño Herrera & Asociados, los depósitos a plazo alcanzaron los 34.327,90 millones de bolívares al cierre del mes de septiembre, una cifra que equivale apenas a 0,61% de las captaciones totales de la banca. Aunque el saldo experimentó un incremento interanual del 565,7%, su participación relativa dentro del agregado bancario continuó en niveles reducidos. Diversos expertos cuestionaron el impacto macroeconómico de la medida a través de distintas estimaciones técnicas. El economista Luis Oliveros señ
Fuente: Tal Cual — Ver nota original