El Ministerio Público ratificó este jueves los argumentos jurídicos que sustentan la acusación contra cuatro directivos de Econoinvest casa de bolsa, por los delitos de comercialización ilícita de divisas y agavillamiento.
Durante el juicio por el caso Econoinvest, los fiscales 20 y 23 con competencia nacional, Daniel Guédez y Marvila Araujo, respectivamente, presentarán "aproximadamente 100 órganos de prueba, entre documentales y testimoniales, a través de los cuales se evidenciará que hubo comercialización ilícita de divisas por medio de operaciones con títulos, actividades que están prohibidas en el marco regulatorio del control cambiario que rige en el país".
Los fiscales ya expusieron ante el juez los conceptos y diferencias entre casas de cambio y casa de bolsa, con "el fin de evidenciar dónde estuvo la comercialización ilícita de las divisas y de qué manera el grupo de empresarios habría afectado al Estado Venezolano", informó el Ministerio Público en una nota de prensa.
El Ministerio Público considera además que "este caso representa un hecho inédito, por cuanto no existe jurisprudencia alguna y marca un hito, un antes y después, en el derecho penal económico, lo cual es de gran trascendencia para el país".
El artículo 9 de la Ley de Ilícitos Cambiarios establece que está incurso en comercialización ilícita de divisas "quien en una o varias operaciones en un mismo año calendario, sin intervención del Banco Central de Venezuela, compre, venda o de cualquier modo ofrezca, enajene, transfiera o reciba divisas".
Entretanto, el delito de agavillamiento está sancionado en el artículo 286 del Código Penal, en el que se destaca que "cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delito cada una de ellas será penada, por el solo hecho de la asociación, con prisión de dos a cinco años".
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